Sigue el reintegro comprando con débito
La agencia recaudadora prorrogó hasta marzo la devolución del 15% del monto total de las compras con tarjeta de débito para titulares de la AUH y la AUE; también incluye a los jubilados y pensionadas que cobran el haber mínimo.
La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) extendió hasta el 31 de marzo de 2021 la devolución del 15% del monto total (hasta $1400) de las compras realizadas con tarjeta de débito, que forma parte del paquete de medidas lanzadas en el comienzo de la cuarentena por coronavirus para asistir a los sectores más vulnerables.
Este beneficio aplica para los titulares de la AUH (Asignación Universal por Hijo), la AUE (Asignación Universal por Embarazo), así como jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo que, desde diciembre, es de $19.035,30.AUH, jubilaciones y pensiones de Anses: calendario de pagos de enero 2021
El organismo recaudador, a cargo de Mercedes Marcó del Pont, anunció mediante la Resolución General 4895/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial la extensión del «régimen de reintegros de una proporción de las operaciones que las personas humanas -en carácter de consumidores finales- abonen por las compras de bienes muebles realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación».
Quiénes pueden recibir el reintegro del 15%
- Jubilados y pensionados por fallecimiento que cobren el haber mínimo;
- Beneficiarios de la AUH y AUE;
- Titulares de Pensiones no Contributivas Nacionales que no excedan el haber mínimo.
Montos de la devolución del 15%
El monto mensual a reintegrar será de hasta $700 por mes por beneficiario. En el caso de que perciban dos o más de los beneficios sociales antes mencionados la suma máxima a ser reintegrada no podrá superar $1400.Servicio doméstico: cuánto cobrará cada categoría desde diciembre
Comó se aplica el reintegro
- Los reintegros se aplicarán para las compras de bienes realizadas en comercios minoristas y mayoristas mediante las tarjetas de débito asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación.
- La devolución incluye las transferencias instrumentadas mediante tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI), así como los pagos con débito en cuenta a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR), asociados a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación.
Para más información se puede consultar en el micrositio denominado «Reintegro» del sitio «web» de la AFIP.
Fuente: La Nación