Plan de deuda previsional

Se concretó el primer día de atención a jubilados con plan de pago de deuda provisional

Se concretó el primer día de atención a jubilados con plan de pago de deuda provisional

En la oficina del organismo previsional de la localidad bonaerense de Boulogne, partido de San Isidro, que fue inaugurada en noviembre pasado, autoridades de ANSES supervisaron el desarrollo de la jornada laboral.

En detalle, la directora ejecutiva del organismo, Fernanda Raverta, estuvo presente en el primer día de atención de turnos para inicio de jubilaciones en el marco del Plan de Pago de Deuda Previsional.

En este marco, Raverta destacó: “Hoy es un día muy importante porque empezamos a jubilar, gracias a la ley de Plan de Pago de Deuda Previsional, a aquellos hombres y mujeres que tenían la edad de jubilarse, pero les faltaban años para reunir los 30 de aportes«.

«Los abrazamos fuerte y les dijimos que lo que estamos haciendo es ni más ni menos que reconocer tanto esfuerzo, tanto trabajo durante toda su vida y que, por eso, merecen jubilarse. Además, con la jubilación tendrán una cobertura en materia de salud y acceso al crédito con muy poco interés. Esta es nueva etapa de la vida en la que ANSES los va a acompañar”, añadió.

Plan de Pago de Deuda Previsional

Con el nuevo Plan de Pago de Deuda Previsional, los argentinos que no llegan a cumplir con los 30 años de aportes tienen la posibilidad de regularizar su deuda previsional y acceder a la jubilación.

Para solicitar turno ingresar con Clave de la Seguridad Social en anses.gob.ar; Turnos y seleccionar la opción Para Plan de Pago Deuda Previsional – Asesoramiento Jubilación.

¿A quiénes alcanza?

• Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no poseen los 30 años de aportes requeridos.

• Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.

• El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

• El monto a descontar no puede exceder las 120 cuotas mensuales ni el 30 por ciento del haber mínimo vigente.

Para más información, las personas interesadas pueden ingresar aquí.

Fuente: Cronista