
Cambian fechas de pagos
Atención jubilados ANSES: cambian el calendario de pagos de abril y estas son las nuevas fechas
Desde el organismo previsional informaron una modificación en el esquema de liquidaciones, por lo que un grupo de adultos mayores cobrará más tarde.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) modificó el calendario de pagos de abril de los jubilados y pensionados debido a que no se podrá realizar las liquidaciones correspondientes durante cuatro días.
En la misma línea, el esquema de liquidaciones del cuarto mes del año tendrá un incremento de 2,4% por inflación y el pago del bono de refuerzo.
Fecha de cobro: por qué cambiaron el calendario de pagos para los jubilados y pensionados
Si bien ANSES inició el esquema de liquidaciones tres días antes respecto al calendario de marzo, ya que durante el jueves 17 y viernes 18 de abril se conmemorará en Argentina Semana Santa. Durante los dos días festivos los bancos no atenderán al público, por lo que no podrán realizar los pagos correspondientes.
Ambos feriados se suman al fin de semana, por lo que los organismos financieros no realizarán los pagos por cuatro días consecutivos.

ANSES: cuánto cobran los jubilados y pensionados en abril 2025
El organismo previsional aplicó una suba de 2,4% para los jubilados derivado de la inflación de febrero. Con la suba la jubilación mínima en abril pasará a ser de $ 285.820, mientras que la máxima quedará en $ 1.923.302.
El incremento también impactará en los haberes de los pensionados en sus diferentes categorías, por lo que cobrarán los siguientes montos:
- Pensiones No Contributivas (PNC): $ 270.074
- Pensiones No Contributivas (PNC) para madres de siete hijos: $ 285.820
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $ 298.656
ANSES: qué jubilados y pensionados cobran el bono de refuerzo de $ 70.000
El Gobierno nacional confirmó la continuidad del bono de $ 70.000 para los adultos mayores. El beneficio tiene como principal destino a los titulares que cobren entre $ 285.820 y $ 355.820.
Significa que, en caso se cobre un haber superior a la jubilación mínima, pero menor a $ 355.820, se percibirá un complementario hasta alcanzar la última cifra.