Reintegro de 18 mil para los que compran con tarjeta

Además de que se amplió el tope de devolución, ahora el beneficio lo tienen los que perciben haberes de hasta 3 jubilaciones mínimas.

ISMAELBERMÚDEZ

El Gobierno amplió el monto máximo de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito: pasó de $ 4.056 a $ 18.000 para los jubilados y pensionados y a $ 36.000 para varias prestaciones sociales.

En el caso de los jubilados y pensionados se amplió el alcance porque mientras antes comprendía a los que cobraban un haber mínimo, ahora el reintegro lo percibirán los que cobren hasta 3 haberes mínimos, es decir hasta $ 262.377 ($ 87.459 x 3), según informaron en la AFIP y ANSeS. El haber mínimo no incluye el bono de $ 37.000. Se estima que son más de 6,3 millones de personas.

A su vez, para los titulares de la AUH con dos o más hijos el monto del reintegro se duplica (hasta $ 36.000)

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios realizan compras en comercios con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones. El reintegro también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

El régimen de reintegro abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.

El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

  • Para las compras que se realicen hasta las 17 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.
  • Para las compras hechas luego de las 17, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

El reintegro también comprende a los beneficiarios de una pensión no contributiva nacional y asignación universal por embarazo (AUE). Y los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A.

NE

Fuente: Clarin